La relación causal entre la agravación del riesgo y la ocurrencia del siniestro en el seguro de daños
DOI:
https://doi.org/10.37963/iberc.v5i2.181Palavras-chave:
contrato de seguros, riesgo asegurable, estado del riesgo, delimitación del riesgo, exclusiones de cobertura, reticencia, información asimétrica, siniestro, causalidadResumo
La ley uruguaya 19.678 regula en un único cuerpo normativo el contrato de seguros, huyendo de la codificación decimonónica, sin perjuicio de la vigencia de las normas especiales sobre seguros obligatorios y regulación de la actividad. Un nuevo y único cuerpo normativo que construye un subsistema de Derecho que deberá dialogar con el Derecho de Consumo, ambos con expresa declaración de orden público. En el presente trabajo procuramos ingresar en un aspecto que hace al diálogo del Derecho de Seguros con la teoría general de la responsabilidad civil (texto y contexto de los arts. 18 y 20 ley 19.678) y desentrañar el significado del art. 20 en cuanto a si es necesario exigirle al asegurador la prueba de la relación causal entre el hecho, omisión o comportamiento que se constituye en agravación del estado del riesgo y el acaecimiento del evento (siniestro) a efectos de permitir liberarlo de sus obligaciones.